En España hay cientos de miles de viviendas sin calefacción: segundas residencias de costa, casas de pueblo cerradas la mayor parte del año, pisos heredados a los que se retiró la caldera y que nunca volvieron a tener instalación. Cuando llega el momento de vender o alquilar una de ellas, la duda es siempre la misma: ¿se puede obtener el certificado energético si no hay calefacción? La respuesta es que sí, y que sigue siendo obligatorio exactamente igual que en cualquier otra vivienda. Lo que cambia es el resultado: la letra suele salir bastante mejor de lo que el propietario espera.
¿Es obligatorio el certificado si la vivienda no tiene calefacción?
Sí. La obligación no depende de las instalaciones, sino de la operación inmobiliaria. El Real Decreto 235/2013 exige certificado de eficiencia energética para vender o alquilar un inmueble, y ese requisito se mantiene tras las modificaciones introducidas por el RD 390/2021 y por el RD 659/2025, en vigor desde el 23 de julio de 2026. Una vivienda sin caldera, sin radiadores y sin aire acondicionado necesita su certificado igual que una con aerotermia.
- Venta: el certificado debe estar emitido y registrado antes de publicar el anuncio, y entregarse al comprador antes de la firma.
- Alquiler de vivienda habitual: también es obligatorio, incluido el alquiler por habitaciones.
- Alquiler vacacional o turístico: no está exento. El RD 659/2025 lo confirma expresamente y las viviendas de uso turístico deben mostrar la etiqueta en sus anuncios.
Las exenciones legales están tasadas y ninguna menciona la ausencia de calefacción: monumentos y edificios protegidos, lugares de culto, construcciones provisionales de menos de dos años, naves industriales o agrarias de escasa demanda energética y algunas viviendas aisladas de superficie útil muy reducida. La relación completa está en exenciones del certificado energético.
Cómo afecta no tener calefacción a la letra del certificado
El cálculo del CEE parte del modelo energético del inmueble y de los servicios que se declaran: calefacción, refrigeración, agua caliente sanitaria y ventilación. El resultado se expresa en kWh/m²·año de energía primaria no renovable y en emisiones de CO₂, y de ahí sale la letra A–G de la etiqueta.
Cuando no existe sistema de calefacción, ese servicio no aporta consumo al modelo. El resultado global baja y la etiqueta sale mejor: es habitual ver letras A o B en viviendas sin ninguna instalación térmica, incluso con carpinterías antiguas y sin aislamiento. No es un error del técnico ni un atajo: la etiqueta mide las instalaciones declaradas, no el confort ni los hábitos de uso de la vivienda.
Lo que la etiqueta no mide
La letra no valora si la casa es confortable, si pasa frío en invierno o si tiene problemas de humedad. Una vivienda sin calefacción puede obtener una A y, al mismo tiempo, no cumplir condiciones de habitabilidad o de salubridad. Son documentos distintos: la etiqueta mide energía y la cédula de habitabilidad mide habitabilidad. Lo explicamos con detalle en CEE vs. cédula de habitabilidad.
El caso de la segunda residencia
Si la vivienda es de uso exclusivo del propietario y no se ofrece en venta ni en alquiler, no necesita certificado. En el momento en que se publica un anuncio, sí. La antigua exención por uso inferior a cuatro meses al año no cubre la vivienda que se pone en alquiler.
Qué necesita el técnico cuando no hay calefacción
La visita es más rápida que en una vivienda con instalaciones, pero no se salta ninguna medición. El técnico competente necesita estos datos:
- Referencia catastral y superficie construida, que se contrastan con los datos del Catastro.
- Envolvente: tipo de muros y aislamiento, carpinterías, orientación y protecciones solares.
- Agua caliente sanitaria: si hay termo eléctrico o calentador y de qué tipo.
- Refrigeración: splits o equipos de aire acondicionado, si existen.
- Confirmación de ausencia de calefacción y de que no hay instalación de gas, gasóleo o biomasa en uso.
No hace falta factura de gas, contrato de mantenimiento ni licencia de obra: al no existir instalación térmica, lo que se declara es precisamente que no existe. Si la vivienda está cerrada o deshabitada, conviene revisar antes la documentación disponible: en certificado energético sin visita explicamos qué datos y fotografías hacen falta para agilizar la emisión.
Vender o alquilar una casa sin calefacción: qué miran comprador e inquilino
- La etiqueta energética debe figurar en el anuncio, tanto en portales inmobiliarios como en los escaparates de la agencia.
- El certificado se entrega antes de la firma del contrato de arrendamiento o de la escritura de compraventa.
- No llevarlo puede acarrear sanciones de 300 a 6.000 euros. Las cuantías y los supuestos están detallados en sanciones por no tener el certificado energético.
- La letra obtenida no se puede "mejorar" declarando instalaciones que no existen: la responsabilidad del contenido del certificado es del técnico que lo firma.
¿Y si voy a instalar calefacción? Así cambiaría la etiqueta
Si la casa se vende o se alquila, la etiqueta se calcula con lo que hay hoy. Si más adelante se instala calefacción, la letra se recalcula sobre el sistema nuevo: una bomba de calor bien dimensionada (aerotermia o aire-aire) mantiene el indicador alto y mejora el confort, mientras que un sistema eléctrico de resistencia o una caldera de gasóleo antigua lo penalizan. Como la etiqueta depende de las instalaciones declaradas, lo lógico es certificar antes de decidir la reforma y repetir el certificado si la obra cambia la envolvente o los sistemas. Detalles en aerotermia y certificado energético y en obligación de reformar viviendas 2026-2030.
Precio del certificado de una vivienda sin calefacción
El precio se calcula por tipo de inmueble y superficie construida, no por las instalaciones que tenga. En CertificadoYa parte de 45 € e incluye la visita, la emisión y el registro en el organismo de tu comunidad autónoma:
| Tipo de vivienda | Superficie | Precio orientativo |
|---|---|---|
| Piso o apartamento | Hasta 80 m² | 45-65 € |
| Piso grande | 80-120 m² | 45-65 € |
| Vivienda unifamiliar | Hasta 120 m² | 75-130 € |
| Casa de pueblo o aislada | Variable | Desde 75 € |
No hay recargo por no tener calefacción. Sí puede aplicarse un suplemento por desplazamiento en zonas rurales de difícil acceso o en inmuebles sin suministro eléctrico para las pruebas de los equipos.
Cómo solicitar el certificado en cuatro pasos
- Presupuesto instantáneo con la referencia catastral y la superficie: 5 segundos en el formulario de la web.
- Asignación de técnico competente en tu provincia: entre 1 y 24 horas.
- Visita al inmueble: 20-40 minutos, con mediciones y fotografías de la envolvente y de los equipos existentes.
- Emisión y registro en el organismo autonómico, con entrega del certificado y su etiqueta: 48-96 horas desde la visita.
Preguntas frecuentes
¿Es obligatorio el certificado energético si la vivienda no tiene calefacción?
Sí, siempre que la vivienda se venda o se alquile. La obligación nace del Real Decreto 235/2013, actualizado por el RD 390/2021 y por el RD 659/2025 (en vigor desde el 23 de julio de 2026), y no depende de que existan instalaciones térmicas.
¿Qué letra energética puede obtener una vivienda sin calefacción?
Al no computar consumo de calefacción, el resultado global baja y suele salir una letra mejor que la de viviendas con sistemas antiguos: son frecuentes las A y B, incluso con carpinterías sin renovar. La etiqueta refleja las instalaciones declaradas, no el nivel de confort ni el uso real de la casa.
¿Necesito instalar calefacción para vender o alquilar la vivienda?
No. El certificado se emite sobre el estado actual del inmueble y no obliga a ejecutar obras ni a instalar sistemas. Las obligaciones de mejora que puedan derivarse de la normativa europea se aplican a plazos posteriores y se explican en nuestra guía de reformas 2026-2030.
¿Cuánto cuesta el certificado de una casa sin calefacción?
Desde 45 € en CertificadoYa. El precio depende del tipo de vivienda y de su superficie construida: 45-65 € en pisos, 75-130 € en unifamiliares y desde 75 € en casas de pueblo o aisladas, con posible suplemento por desplazamiento en zonas rurales.
¿Cuánto tarda y cuánto tiempo es válido el certificado?
La emisión y el registro tardan entre 48 y 96 horas desde la visita. Una vez registrado, el certificado es válido 10 años si la letra está entre la A y la F, y 5 años si la calificación es G.
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