Normativa de certificación energética en España: historia y actualidad
Actualizado: 31 de mayo de 2026 · Lectura: 12 min
Escala de eficiencia energética A-G (zona climática D)
La certificación energética de edificios no surgió de la nada. Responde a una estrategia europea para reducir el consumo energético del parque inmobiliario, responsable del 40% del consumo de energía en la UE. Aquí hacemos un recorrido por la normativa que regula el CEE en España.
El origen: Directiva Europea 2010/31/UE
Todo empieza en Bruselas. La Directiva 2010/31/UE de Eficiencia Energética de Edificios (EPBD, por sus siglas en inglés) obligó a todos los estados miembros a implantar un sistema de certificación energética. El objetivo: que cualquier ciudadano europeo pudiera conocer la eficiencia de un inmueble antes de comprarlo o alquilarlo, igual que ya se hacía con los electrodomésticos.
La directiva fijó dos hitos clave: todos los edificios nuevos debían ser de consumo de energía casi nulo (nZEB) a partir de 2021 (edificios públicos desde 2019), y todos los existentes debían tener un certificado energético para cualquier transacción de compraventa o alquiler.
Primera transposición: RD 235/2013
España tardó en transponer la directiva. Finalmente, el 5 de abril de 2013 se publicó el Real Decreto 235/2013, que entró en vigor el 1 de junio de ese mismo año. Fue el pistoletazo de salida del CEE en España. Este decreto:
- Estableció la obligatoriedad del CEE para venta y alquiler
- Definió la etiqueta energética de la A a la G
- Creó el registro de certificados en cada comunidad autónoma
- Fijó una validez de 10 años
- Designó a los técnicos habilitados (arquitectos, aparejadores, ingenieros)
La implantación fue caótica. Muchos propietarios no sabían que necesitaban el certificado. Las primeras multas llegaron en 2014. Las comunidades autónomas fueron creando sus registros a distintos ritmos.
La actualización: RD 390/2021
Ocho años después, el Real Decreto 390/2021 (publicado el 1 de junio de 2021) derogó y sustituyó al anterior. Esta actualización respondía a la necesidad de adaptar la normativa a los nuevos objetivos climáticos europeos (Fit for 55) y a la experiencia acumulada. Principales novedades:
- Se unificó el procedimiento de certificación en toda España
- Se actualizaron las herramientas informáticas (unificación CE3X y HULC)
- Se incorporaron indicadores de emisiones de CO₂ junto al consumo energético
- Se reforzó el control de calidad con inspecciones aleatorias
- Se clarificaron las sanciones y el régimen disciplinario para técnicos
El Código Técnico de la Edificación (CTE)
Paralelamente a los decretos de certificación, el CTE DB-HE (Documento Básico de Ahorro de Energía) regula los requisitos mínimos que deben cumplir los edificios nuevos y las grandes rehabilitaciones. La versión actual (2019, con modificaciones en 2022) exige:
- Consumo de energía primaria no renovable muy restrictivo
- Incorporación de energías renovables (solar térmica o fotovoltaica)
- Hermeticidad al aire controlada (ensayo Blower Door)
- Protección solar en huecos para evitar sobrecalentamiento
El gran cambio: Real Decreto 659/2025
Si el RD 390/2021 fue una actualización técnica, el Real Decreto 659/2025, de 22 de julio, es un cambio de paradigma. Publicado en el BOE el 23 de julio de 2025 y con entrada en vigor el 23 de julio de 2026, este decreto modifica el RD 390/2021 para introducir una novedad histórica: los titulados de Formación Profesional de Grado Superior, Certificados Profesionales y Cursos de Especialización de nivel 3 podrán ser técnicos competentes para emitir el CEE.
Hasta ahora, esta función estaba reservada exclusivamente a arquitectos, aparejadores e ingenieros. El nuevo decreto lo cambia por completo al añadir un nuevo artículo 4 bis en el RD 390/2021 que clasifica a los técnicos en varios niveles:
- Nivel A: Titulaciones universitarias habilitantes (arquitectos, aparejadores, ingenieros). Sin cambios.
- Nivel B: Titulaciones universitarias afines con formación específica en eficiencia energética.
- Nivel C: Titulaciones científicas (físicos, matemáticos) con formación complementaria.
- Nivel D (NUEVO): FP Superior, Certificados Profesionales y Cursos de Especialización de nivel 3.
Para los niveles B, C y D, el anexo II del RD 390/2021 (añadido por el RD 659/2025) define los contenidos mínimos que deben cursar. Se divide en dos partes:
- Fundamentos (12 créditos ECTS o 210 horas): envolvente térmica, transferencia de calor, normativa CTE DB-HE, calidad del aire interior, sistemas de climatización y ACS.
- Certificación (6 créditos ECTS o 120 horas): metodología con CE3X y HULC, normativa de certificación, cálculo de indicadores, propuestas de mejora y viabilidad económica.
El registro centralizado de técnicos: la otra gran novedad
El RD 659/2025 también crea el Registro Administrativo Centralizado de Técnicos Competentes. A partir de julio de 2026, todo técnico que quiera emitir CEE deberá presentar una declaración responsable ante el órgano competente de su comunidad autónoma, acreditando su titulación y formación específica. La gran diferencia es que esta declaración responsable habilita para ejercer en todo el territorio nacional sin necesidad de registros adicionales en otras CCAA.
Las comunidades autónomas deberán realizar comprobaciones periódicas (al menos anuales) del cumplimiento de los requisitos. La falsedad en la declaración responsable conlleva la imposibilidad de ejercer la actividad.
Reacciones de los colegios profesionales
La publicación del RD 659/2025 ha generado un intenso debate en el sector. Estas son las principales reacciones:
Consejo Superior de los Colegios de Arquitectos (CSCAE)
El CSCAE ha mostrado una oposición frontal a la medida. En un comunicado oficial de septiembre de 2025, el presidente del Consejo declaró que «la certificación energética es una actividad que requiere conocimientos técnicos avanzados en construcción, climatización y normativa que no pueden adquirirse en un ciclo formativo de dos años». El CSCAE ha anunciado que estudiará recurrir el decreto por la vía contencioso-administrativa, argumentando que «la habilitación de titulaciones no universitarias para la certificación energética supone una merma en la calidad del servicio y puede generar inseguridad jurídica».
Sin embargo, el CSCAE ha reconocido que «la escasez de técnicos certificadores es un problema real» y ha propuesto como alternativa la creación de un sistema de colegiación simplificada para que más arquitectos jóvenes puedan acceder al mercado, en lugar de abrir la puerta a otras titulaciones.
Consejo General de la Arquitectura Técnica (CGATE)
La postura del CGATE es más matizada. En un documento de análisis publicado en octubre de 2025, el CGATE reconoce que «la ampliación del número de técnicos certificadores es necesaria para afrontar los objetivos de la EPBD 2024», pero advierte que «la formación de FP deberá ser rigurosa y supervisada por los colegios profesionales». El CGATE ha solicitado al Ministerio que los nuevos currículos de FP sean convalidables con las titulaciones universitarias existentes, para evitar «una brecha de calidad entre técnicos de distinto origen». También pide que los técnicos de FP estén obligados a colegiarse en los colegios de aparejadores o arquitectos técnicos.
Consejo General de Ingenieros Industriales
Los ingenieros industriales han sido los más favorables al cambio. Su presidente declaró que «el RD 659/2025 es una medida sensata que responde a una necesidad real del mercado». Señalaron que «la ingeniería industrial lleva años reclamando una mayor flexibilidad en los requisitos de acceso a la certificación» y valoraron positivamente que el decreto incluya a titulaciones STEM afines (ingenieros mecánicos, eléctricos, químicos) en el nivel B. Criticaron, no obstante, que «el RD no haya ido más lejos al permitir también la habilitación de ingenieros técnicos industriales sin formación adicional específica».
Asociación de Empresas de Eficiencia Energética (A3E)
La A3E, que agrupa a más de 200 empresas del sector, ha aplaudido la medida. En una nota de prensa publicada en agosto de 2025, la asociación declaró: «España necesita certificar millones de viviendas antes de 2030 y no hay suficientes arquitectos e ingenieros para hacerlo. La entrada de titulados de FP Superior es la única forma de escalar el sector al ritmo que exige la normativa europea». La A3E también valoró positivamente el registro centralizado: «Con los 17 registros autonómicos actuales, un técnico tardaba meses en darse de alta en varias comunidades. La declaración responsable de ámbito nacional agiliza todo el proceso».
Confederación Española de Centros de Formación Profesional
La confederación ha celebrado la noticia como «un hito para la FP en España». Su portavoz señaló que «desde la aprobación de la Ley Orgánica de Ordenación e Integración de la Formación Profesional (2022), la FP española ha demostrado su capacidad para formar profesionales de alto nivel técnico. La certificación energética es el siguiente paso natural». Han solicitado al Ministerio de Educación la publicación urgente de los currículos de los nuevos CFGS para que los centros puedan empezar a ofrecerlos en el curso 2026-2027.
Expectativas del sector a medio plazo
Más allá de las posturas oficiales, el sector coincide en varios puntos:
- Escasez de técnicos confirmada: todas las partes reconocen que faltan certificadores. La EPBD 2024 exige que todos los edificios residenciales tengan al menos clase E en 2030, lo que requerirá millones de certificados nuevos en los próximos años.
- Los primeros técnicos de FP tardarán: aunque el RD 659/2025 entra en vigor en julio de 2026, los nuevos currículos de FP no estarán publicados hasta 2027, y las primeras promociones no saldrán hasta 2028-2029. Hasta entonces, la oferta de técnicos seguirá siendo la misma.
- Los precios del CEE no bajarán a corto plazo: con la demanda disparada por la EPBD 2024 y la oferta limitada hasta 2028, los precios del certificado energético tenderán al alza en los próximos dos años.
- Se espera un periodo de adaptación conflictivo: los colegios de arquitectos ya han anunciado recursos. Podría haber un escenario de inseguridad jurídica durante los primeros meses de vigencia del decreto.
- La calidad será el campo de batalla: el CGATE y el CSCAE han pedido mecanismos de control de calidad para los CEE emitidos por técnicos de FP. Es probable que veamos un endurecimiento de las inspecciones aleatorias en los próximos años.
Lo que viene: EPBD 2024 y horizonte 2030
La Directiva (UE) 2024/1275, aprobada en abril de 2024, marca la hoja de ruta para los próximos años. España debe transponerla antes de 2026. Sus objetivos son ambiciosos:
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