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RD 659/2025 · Vigor 24 julio 2026

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La nueva norma abre la certificación a técnicos de FP y certificados profesionales. Únete a la red y recibe encargos reales con una comisión transparente.

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18%Comisión CertificadoYa
~30%Comisión competencia
17CCAA cubiertas
48hCobro tras entrega
Bloque de viviendas La Herradura en Moratalaz (Madrid)
Foto: Zarateman · Wikimedia Commons (CC0)

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Sin cuota fija, sin permanencia. Cobras cuando trabajas.

Comisión del 18%

La más baja del sector. La media del mercado ronda el 30%. Más margen para ti en cada CEE.

Encargos verificados

Solo recibes solicitudes de propietarios con inmueble y datos confirmados. Nada de tiempo perdido.

Tu zona, tus normas

Defines provincia, radio de trabajo y tipo de inmueble. Solo te llegan encargos que encajan.

Pago rápido y limpio

Cobro por transferencia en 48h tras registrar el CEE. Factura automática, sin gestiones.

Compatible con otras plataformas

Puedes seguir trabajando con Certicalia o cualquier otra. No hay exclusividad.

Soporte técnico

Ayuda con el registro autonómico, el nuevo modelo CEE (30-sep-2026) y dudas normativas.

Cómo funcionan los encargos

No hay colas ni subastas: cuando un propietario de tu zona solicita un CEE, el encargo llega a tu panel y decides si aceptarlo.

Llega el encargo

Solicitud verificada del propietario: dirección, tipología y referencia catastral del inmueble.

Lo aceptas con un clic

Eliges el día y hora de visita. El cliente recibe tu perfil y el presupuesto cerrado al momento.

Entregas y cobras

Registras el CEE en tu CCAA y lo subes. Cobras tu parte por transferencia en 48h.

El volumen de encargos depende de tu zona y de la demanda de certificados. Los técnicos activos en Madrid y Barcelona reciben encargos con regularidad desde el primer mes.

¿Puedes acreditarte?

El RD 659/2025 amplía el perfil de técnico competente, pero con una condición estricta: la norma exige que la competencia general del título mencione expresamente la certificación energética de edificios. Muchos títulos de FP de construcción no la cumplen. Dinos cuál tienes y te lo comprobamos antes de darte de alta.

  • Arquitecto / Arquitecto técnico
  • Ingeniero / Ingeniero técnico industrial
  • Ingeniero de la edificación
  • Grado en Fundamentos de la Arquitectura
  • Certificado profesional «Eficiencia energética de edificios» (ENA_C_001_5B)
  • Certificado profesional «Representaciones de construcción y eficiencia energética en edificación» (EOC_C_001_5B)
  • CFGS Eficiencia Energética y Energía Solar Térmica
  • Otros títulos de FP o certificados: previa comprobación (la mayoría no cita la certificación energética en su competencia general)
  • Certificados profesionales del sector energético que citen la certificación energética en su competencia general
Edificio de viviendas Colmena en Córdoba
Foto: El Pantera · CC BY-SA 4.0
Importante — FP y certificados profesionales: esta vía exige dos requisitos acumulativos: que el título acredite estándares de competencia en eficiencia energética de edificios y que su competencia general mencione expresamente la certificación energética de edificios. No basta con cursar los Módulos 1 y 2. Hoy solo tres titulaciones lo cumplen: el CFGS de Eficiencia Energética y Energía Solar Térmica y los certificados profesionales «Eficiencia energética de edificios» (ENA_C_001_5B) y «Representaciones de construcción y eficiencia energética en edificación» (EOC_C_001_5B). Además, el curso de esos módulos sigue en tramitación (documento reconocido de condiciones mínimas). Cuéntanos qué titulación tienes y lo comprobamos antes de que muevas papeles.

¿Qué titulaciones habilitan?

El RD 659/2025 distingue dos casos según el tipo de certificado. No todos los técnicos pueden firmar todos los CEE.

Obra nueva y reformas 3.1.d

Reservado a titulaciones habilitantes por la LOE:

  • Arquitecto
  • Arquitecto Técnico / Aparejador
  • Ingeniero (Industrial, Caminos, Naval, Agrónomo, Montes)
  • Ingeniero Técnico correspondiente

Obra terminada (edificios existentes)

Abierto además a titulaciones de FP y certificados profesionales que citen la certificación energética en su competencia general:

  • Certificado profesional «Eficiencia energética de edificios» (ENA_C_001_5B)
  • Certificado profesional «Representaciones de construcción y eficiencia energética en edificación» (EOC_C_001_5B)
  • CFGS Eficiencia Energética y Energía Solar Térmica
  • Otros títulos de FP: previa comprobación del requisito de la competencia general
Importante: los titulados de FP y certificados profesionales solo pueden firmar CEE de edificios existentes (obra terminada). Para obra nueva y reformas del art. 3.1.d) del RD 390/2021, el técnico competente sigue estando reservado a titulaciones habilitantes por la LOE.

Módulos 1 y 2 — Formación complementaria

El RD 659/2025 exige, según tu titulación, superar uno o dos módulos formativos antes de presentar la declaración responsable.

Módulo 1 — Conocimientos básicos

  • Energía: primaria, final, CO₂, renovables, transferencia de calor
  • Tecnología: climatización, ventilación, iluminación
  • Edificación: envolvente, estrategias pasivas
  • Economía: análisis de rentabilidad

Módulo 2 — Conocimientos específicos

  • Normativa: CTE, ISO 52016, regulación europea
  • Herramientas: CE3X, HULC, Cypetherm
  • Tramitación del certificado
  • Ayudas públicas y su gestión
¿Qué me convalida?
LOE (arquitectos, ingenieros, aparejadores): convalidan Módulo 1 y Módulo 2 completos. No necesitan cursar nada, solo declaración responsable.
Universitarios no-LOE: convalidan el módulo cubierto por su titulación. Cursan el pendiente.
FP y certificados profesionales: normalmente cursan ambos módulos, salvo que su CFGS/certificado incluya expresamente los contenidos.

Estado del procedimiento por CCAA

El RD entra en vigor el 24 de julio de 2026. A partir de esa fecha las CCAA tienen que tener operativos sus procedimientos de declaración responsable y el vuelco al Registro Centralizado. Este es el estado real actualizado:

Andalucía

Registro en sede electrónica de la Junta. Procedimiento de declaración responsable activo.

Aragón

Registro operativo. Declaración responsable vía Gobierno de Aragón.

Asturias

Registro operativo. Declaración responsable a través de sede electrónica del Principado.

Baleares

Registro en CAIB. Procedimiento habilitado para declaración responsable.

Canarias

Registro en Gobierno de Canarias. Declaración responsable operativa.

Cantabria

Registro en Gobierno de Cantabria. Procedimiento activo.

Castilla-La Mancha

Procedimiento en adaptación. Sin plataforma pública operativa confirmada.

Castilla y León

Procedimiento pendiente de publicación. Sin centros formativos reconocidos.

Cataluña

Registro en ICAEN. Declaración responsable operativa vía GENCAT.

Ceuta

Procedimiento pendiente. Sin plataforma operativa.

Comunidad de Madrid

Sin centros formativos reconocidos aún para Módulos 1 y 2. Procedimiento pendiente.

Comunidad Valenciana

Registro en IVACE. Declaración responsable activa.

Extremadura

Procedimiento en adaptación. Sin fecha confirmada.

Galicia

Registro en Xunta. Declaración responsable operativa.

La Rioja

Procedimiento pendiente. Sin plataforma pública.

Melilla

Procedimiento pendiente. Sin plataforma operativa.

Murcia

Registro en CARM. Declaración responsable activa.

Navarra

Registro en Gobierno de Navarra. Procedimiento habilitado.

País Vasco

Registro en EVE. Declaración responsable operativa vía EUSKADI.eus.

MITECO: los nuevos modelos de documento de CEE previstos en el RD han sido pospuestos hasta el 30 de septiembre de 2026. La plataforma centralizada de declaración responsable no está operativa todavía en la mayoría de CCAA.

Regístrate abajo y te avisamos en cuanto tu CCAA active el procedimiento y los cursos oficiales estén disponibles.

Solicitar alta como técnico

Te enviaremos un correo de confirmación. Sin compromiso.

Si marcas esto, tu alta queda como pre-alta FP: te avisamos y activamos encargos cuando el RD 659/2025 permita que firmes CEE (entrada en vigor: 24 de julio de 2026; monitor oficial MITECO/CCAA).