¿Por qué hay que registrar el CEE?

El Real Decreto 390/2021 establece que todo certificado de eficiencia energética debe inscribirse en el registro de la comunidad autónoma donde esté ubicado el inmueble. Sin registro, el certificado no tiene validez legal.

Documentación necesaria (general)

  • Certificado firmado electrónicamente por el técnico
  • Identificación del técnico (DNI + nº colegiado)
  • Referencia catastral del inmueble
  • Justificante de pago de tasas (si aplica)

Tasas de registro por comunidad autónoma

Algunas comunidades cobran una tasa por registrar el CEE. Otras lo hacen sin coste adicional. Los importes orientativos son:

  • Andalucía — AVRA — sin tasa de registro (gratuito)
  • Cataluña — ICAEN — tasa ~30-50€ (según m²)
  • Comunidad Valenciana — IVACE — tasa ~20-40€
  • País Vasco — EVE — tasa variable
  • Navarra — Dirección General de Industria — tasa variable
  • Madrid — tasa ~30-60€
  • Asturias — según municipio ~10-30€
  • Baleares, Canarias, Aragón, Castilla y León, Galicia, Murcia, Extremadura, La Rioja, Cantabria, Castilla-La Mancha, Ceuta y Melilla — sin tasa o gratuitos

* Los importes pueden variar cada año. Consulta siempre el organismo oficial de tu comunidad antes de presentar.

Nota Importante: Consulta siempre el organismo oficial de tu comunidad antes de registrar. Los importes pueden cambiar cada año. Aquí tienes los enlaces a todos los organismos.

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Carlos López
Carlos López Aparejador y técnico certificador

Aparejador por la Universidad de Sevilla. Especialista en diagnosis energética de edificios existentes. +10 años de experiencia en certificación y rehabilitación.

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