TL;DR: El RD 659/2025 modifica el procedimiento de certificación energética (CEE) en España. No invalida los certificados ya emitidos: mantienen su validez de 10 años. Lo que cambia es quién puede firmarlos y cómo se registran los técnicos a partir de 2026.

Qué es el RD 659/2025 y a qué obliga

El Real Decreto 659/2025, publicado en el BOE el 23 de julio de 2025, modifica el Real Decreto 390/2021 que regula la certificación energética en España. El objetivo principal es actualizar el marco normativo para alinearlo con la Directiva Europea 2024/1275 (EPBD Recast) y mejorar el control sobre quién puede emitir certificados de eficiencia energética.

La principal novedad es la creación del Registro Administrativo Centralizado de Técnicos Competentes, un sistema único a nivel nacional que permitirá verificar que los técnicos que firman CEE están realmente habilitados para hacerlo.

¿Sigue siendo válido mi certificado actual?

Sí, sigue siendo completamente válido. El RD 659/2025 no invalida los certificados ya emitidos. Si tienes un CEE en vigor, conserva su validez de 10 años desde la fecha de emisión. No necesitas renovarlo por el cambio normativo.

Lo que sí cambia es el proceso para futuros certificados: los técnicos deberán estar inscritos en el nuevo registro centralizado para poder firmar CEE a partir de 2026.

¿Quién puede firmar un CEE ahora?

Se mantienen los perfiles tradicionales (arquitectos, aparejadores, ingenieros) y se amplía el abanico a FP y certificados profesionales con formación complementaria. El RD 659/2025 reconoce nuevos documentos formativos como habilitantes para ser técnico competente, siempre que se complete la formación específica en certificación energética.

Fechas clave

  • 23 julio 2025 — Publicación del RD 659/2025 en el BOE
  • 24 julio 2026 — Operativo el Registro Administrativo Centralizado de Técnicos Competentes
  • 30 septiembre 2026 — Nuevos documentos reconocidos como habilitantes

Qué significa si vas a vender o alquilar

Si estás pensando en vender o alquilar tu vivienda, el proceso sigue siendo el mismo: necesitas un CEE en vigor. La única diferencia es que, a partir de la entrada en vigor del registro centralizado, los técnicos que emitan tu certificado deberán estar inscritos en dicho registro.

Esto es una buena noticia: garantiza que el profesional que firma tu CEE está debidamente cualificado y colegiado, eliminando el riesgo de certificados emitidos por personas no habilitadas.

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